A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior- Articulo 4 )
Coordinación de Servicio Comunitario
Objetivos de la Unidad
Coordinar las acciones que favorezcan a los estudiantes de pregrado ejecutar el Servicio Comunitario, orientándolo en la elaboración de proyectos dirigidos a satisfacer las necesidades de las comunidades, según su perfil académico, fortaleciendo, en este proceso, la vinculación de la Universidad con las Comunidades, contribuyendo al desarrollo de la sociedad venezolana.
Dependencias Adscritas
Coordinación de Servicio Comunitario
Departamento de Servicio Comunitario Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Departamento de Servicio Comunitario Facultad de Ciencias Administrativas
Departamento de Servicio Comunitario Facultad de Humanidades
Departamento de Servicio Comunitario Facultad de Ingeniería
Departamento de Servicio Comunitario Núcleo Portuguesa
Departamento de Servicio Comunitario de Estudios a Distancias